agosto 30, 2026

EL ERROR DE LA REFORMA: POR QUÉ EL PROYECTO LIBERTARIO DEL BANCO CENTRAL ES UN RETROCESO PARA LA ARGENTINA Lic. Juan José Sánchez2

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INTRODUCCIÓN

El proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina que se discutirá en la Cámara de Diputados no es una mera actualización técnica de normas. Es, en su esencia, una decisión política de profundo alcance que define el modelo de país que se quiere construir. Bajo el ropaje de la “independencia” y la “estabilidad”, lo que se propone es un retroceso a las peores recetas de la década de 1990, agravado por un dogmatismo monetarista que desconoce la complejidad de la economía argentina y la función social que debe cumplir el Estado.

LA FALACIA DEL OBJETIVO ÚNICO

El corazón del proyecto es la reducción del mandato del BCRA a un único objetivo: “preservar el valor de la moneda”. Este planteo, que elimina los objetivos múltiples incorporados en 2012 (estabilidad financiera, empleo y desarrollo económico con equidad social), se fundamenta en una corriente de pensamiento que se consolidó a fines del siglo XX: el monetarismo, impulsado por Milton Friedman, entre otros. La idea de que la inflación es “siempre y en todo lugar un fenómeno monetario” llevó a postular que la única función de un banco central debe ser controlar la cantidad de dinero. Esta concepción, sin embargo, parte de un error epistemológico grave: confunde un instrumento con un fin. La estabilidad de precios no es un objetivo en sí mismo, sino un medio para alcanzar el bienestar de la población. Aquí es donde resulta pertinente recurrir a la metodología de planeamiento conocida como Marco Lógico. Esta metodología establece una jerarquía de objetivos que permite comprender la relación entre fines y medios. En la cúspide de esa jerarquía se encuentra la finalidad de toda acción del Estado: “la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación”. A esa finalidad superior deben apuntar todas las políticas públicas. Por debajo de esa finalidad, cada organismo del Estado debe contribuir con objetivos específicos que, lejos de ser uno solo, deben ser varios y complementarios, y definir entre todos su razón de ser. El BCRA no es un ente abstracto desvinculado de la realidad; es una herramienta del Estado

al servicio del pueblo argentino. Su misión no puede reducirse a un “monocultivo monetario” que ignore el empleo, la producción y la equidad. Quienes sostienen que un banco central con múltiples objetivos necesariamente obtiene resultados subóptimos apelan a una interpretación simplista de la Teoría General de Sistemas. Pero la suboptimización no es una ley inexorable; es un riesgo que se previene con una adecuada jerarquización de objetivos y mecanismos de coordinación. La experiencia internacional, además, desmiente el dogma del mandato único. A nivel global, al menos 38 bancos centrales operan legalmente con mandatos duales o múltiples. Aunque la corriente mayoritaria prioriza el control de la inflación, muchos países (tanto potencias como mercados emergentes) obligan por ley a sus autoridades monetarias a equilibrar el poder adquisitivo con el empleo, el crecimiento económico o el desarrollo social. Los países con mandatos múltiples se dividen principalmente en tres grandes enfoques institucionales: 1. Enfoque de Empleo y Crecimiento (Mandato Dual Tradicional): La Reserva Federal de EE. UU. (Fed) mantiene un mandato dual por ley desde 1977. Debe perseguir tanto la estabilidad de precios como el máximo empleo. Existen otros países que colocan el nivel de empleo o la actividad económica real al mismo nivel jerárquico que la inflación. El Banco de Canada opera bajo un esquema flexible donde persigue el control de la inflación, pero prestando la misma atención estructural al máximo empleo sostenible y a la mitigación de los ciclos económicos. El Bank Negara Malaysia (Malasia) tiene por ley el mandato de promover la estabilidad monetaria y un crecimiento económico sostenible que beneficie al país de forma directa. El Banco de Corea del Sur modificó su ley orgánica para incorporar explícitamente la estabilidad del mercado laboral como un objetivo igual al de la estabilidad de precios. 2. Enfoque de Desarrollo Social y Equidad (Modelos más Amplios): Varios países en vías de desarrollo o con constituciones de corte más social exigen que el banco central actúe como un motor del bienestar general, generando mandatos de tres o más objetivos simultáneos. En este grupo encontramos a la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, que establece que su finalidad es promover la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social. El Banco Central do Brasil tiene como meta la estabilidad de precios, pero su ley estipula que debe hacerlo suavizando las fluctuaciones de la actividad económica y fomentando el pleno empleo. El Banco de la Reserva de Sudáfrica tiene asignado por la constitución el mandato de proteger el valor de la moneda “en el interés de un crecimiento económico equilibrado y sostenible”. El Banco de la Reserva de Australia también incluye explícitamente en sus objetivos el pleno empleo y el bienestar económico de la población, además de la estabilidad de la moneda. 3. El caso especial de los “Objetivos Jerarquizados” o Secundarios: Hay un grupo de países donde el mandato no es técnicamente “dual” (no pesan lo mismo), sino que el banco central tiene la obligación legal de apoyar los objetivos del gobierno siempre y cuando la inflación esté bajo control. El Banco de Inglaterra (Reino Unido) tiene como prioridad la estabilidad de precios, pero la ley le exige explícitamente apoyar la política económica del Gobierno de turno, lo que incluye sus metas de crecimiento y empleo. El Banco Popular de China cuenta con lo que los economistas llaman un “mandato múltiple implícito”. Aunque busca la estabilidad de la moneda, responde directamente al Consejo de Estado con objetivos de crecimiento económico, creación de empleo y mantenimiento de la balanza de pagos. El caso particular de Nueva Zelanda es de ida y vuelta. Nueva Zelanda, el creador del mandato único en 1989, tras casi tres décadas con un solo objetivo, reformó su ley en 2018 para transformarlo en un mandato dual, añadiendo el soporte al “máximo empleo sostenible”. Sin embargo, tras cambios políticos posteriores encaminados a priorizar el combate a las presiones inflacionarias globales, el debate sobre regresar al mandato único se mantiene activo en su agenda legislativa. El Diputado mandato cumplido Carlos Heller lo señala con claridad: “La estabilidad del valor de la moneda no emana de una ley, sino de la salud y el vigor que goza la economía, la producción y el empleo”. Pretender aislar la política monetaria del resto de la economía es un acto de voluntarismo que ignora décadas de evidencia.

LA FALSA INDEPENDENCIA: BLINDAJE, NO AUTONOMÍA

El proyecto se presenta como una herramienta para garantizar la “independencia” del BCRA respecto del Poder Ejecutivo. Sin embargo, lo que realmente consagra es un régimen asimétrico que blinda a las autoridades actuales. Por un lado, se mantiene el mecanismo de designación a sola firma del Presidente de la Nación, con acuerdo del Senado por mayoría simple. Por otro, se exige una mayoría de dos tercios de ambas cámaras para remover a un director. Esta asimetría no es casual: lo que se busca es perpetuar a las actuales autoridades más allá del mandato que surja de las próximas elecciones, asegurando la continuidad de los lineamientos de la gestión actual. La contradicción es evidente. El gobierno que promueve la “independencia” del BCRA es el mismo que designó a las autoridades actuales mediante decreto, en comisión y sin acuerdo del Senado. Es el mismo gobierno cuyo ministro de Economía -y no una autoridad del BCRA- anunció públicamente el traslado de las reservas de oro al exterior y cuyas decisiones de política monetaria, como el desarme de las Letras Fiscales de Liquidez (LeFI), fueron tomadas por el propio Presidente. Como señala el dictamen de minoría: “El proyecto pretende eliminar esa coordinación para separar al Banco Central del Poder Ejecutivo. Sin embargo, en la práctica, lo que el gobierno llama ‘independencia’ se encuentra en el artículo 3º del proyecto… Más que independizar al Banco Central del poder político, la reforma busca blindar a sus actuales autoridades frente a los gobiernos que vengan después

LA DOBLE MORAL DE LA REFORMA: PROHIBICIÓN ABSOLUTA DE FINANCIAMIENTO Y ASIMETRÍA ESTRATÉGICA

Otro de los pilares de la reforma es la prohibición absoluta de que el BCRA financie al Tesoro, incluso en situaciones de emergencia. El proyecto es radicalmente asimétrico. Hacia adentro (Tesoro y Estado), puertas cerradas y candados absolutos: elimina los adelantos transitorios, prohíbe la compra de títulos públicos en el mercado primario y deroga los mecanismos de asistencia excepcional. Pero hacia afuera (mercados y bancos internacionales), puertas abiertas de par en par. El BCRA puede endeudarse, hacer negocios y comprometer las reservas sin límites claros. No se discute que el financiamiento monetario del déficit fiscal debe tener límites estrictos. Lo que resulta irracional es eliminar toda herramienta de emergencia. La pandemia de COVID-19 es un ejemplo elocuente: cuando el acceso al crédito internacional se cerró, fue el BCRA el que, mediante los mecanismos que este proyecto pretende eliminar, permitió implementar el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y los créditos subsidiados que evitaron un colapso social de proporciones mucho mayores. Como bien lo expresa el dictamen de minoría: “Se confunde una facultad con una obligación. Que la Carta Orgánica habilite determinadas herramientas no significa que deban utilizarse permanentemente. Significa, simplemente, que el Estado conserva instrumentos para actuar cuando circunstancias excepcionales así lo exigen”. El proyecto, además, es asimétrico: mientras cierra toda posibilidad de financiamiento al Tesoro, amplía las facultades del BCRA para endeudarse en el exterior y para utilizar las reservas -incluido el oro- como garantía en operaciones de banca central. Esta asimetría no es inocente: expone al país a mayores riesgos financieros externos mientras lo desarma frente a sus propias necesidades internas. El Artículo 13 del proyecto de reforma es un punto muy peligroso de la iniciativa. Bajo una aparente modernización, esconde una cláusula que, en la práctica, podría convertirse en un mecanismo para hipotecar el patrimonio de todos los argentinos. Esta modificación no es un simple ajuste técnico; es una decisión política que redefine la función de las reservas del Banco Central y las expone a riesgos que la legislación actual, con todas sus fallas, al menos buscaba contener. El Artículo 13, propone reemplazar el actual artículo 33 de la Carta Orgánica por el siguiente texto: Artículo 33: Los bienes que integran las reservas son inembargables. El Banco podrá mantener una parte de sus activos externos en depósitos u otras operaciones a interés, en instituciones bancarias del exterior, en oro, en activos financieros líquidos, o en papeles de reconocida solvencia y liquidez pagaderos en oro o en moneda extranjera, pudiendo utilizarlos como garantía en operaciones propias de banca central. La crítica principal reside en la frase final, que habilita al BCRA a utilizar sus reservas internacionales como garantía en operaciones de banca central. Esto, en esencia, convierte los ahorros del país en un colateral (garantía) para tomar deuda o realizar operaciones financieras en el exterior. Analistas y economistas ya han advertido sobre los riesgos de esta cláusula, calificándola como un “Caballo de Troya”. La razón es clara: mientras el discurso oficial se centra en la “independencia” del BCRA y en no financiar al Tesoro, este artículo abre una puerta trasera para que el propio Banco Central se endeude en el exterior utilizando las reservas como aval. Si el Estado argentino tiene dificultades para acceder a los mercados internacionales de crédito (y las tendrá), el BCRA podría hacerlo en su nombre, utilizando las reservas como garantía. Esto no solo aumenta el endeudamiento general del país, sino que pone en riesgo los activos externos, incluyendo el oro. La declaración de “inembargabilidad” de las reservas en el nuevo artículo, lejos de ser una protección, parece ser una cobertura legal para dar seguridad a los posibles acreedores internacionales, asegurándoles que el colateral (las reservas tomadas en garantía) está a salvo de cualquier disputa legal local. La preocupación no es teórica. El gobierno ya ha mostrado una inclinación a utilizar las reservas para fines que van más allá de su función tradicional. Se ha señalado que el BCRA ya recurrió a mecanismos similares, como los BOPREALes o el uso de reservas de oro para garantizar operaciones de recompra (REPOs), que son esencialmente préstamos a corto plazo garantizados con activos. La reforma no hace más que legalizar y expandir esta práctica, eliminando los límites y controles que existían, en un contexto donde ya se transfirió oro de las reservas al exterior sin un debate parlamentario adecuado. A esto se suman otras flexibilizaciones igualmente graves: permite préstamos de bancos comerciales internacionales, no solo oficiales; habilita operaciones financieras abiertas, incluyendo pases y cauciones; elimina el dictamen del BCRA sobre el impacto externo de la deuda pública (el famoso artículo 61 de la ley 24.156), un control que en 2018 no se cumplió y terminó en la crisis con el FMI; permite trasladar al BCRA los costos tributarios de las contrapartes extranjeras (grossing up), es decir, que el pueblo argentino pague los impuestos que tienen que pagar los bancos extranjeros. Esta modificación expone la profunda asimetría de todo el proyecto de reforma. Por un lado, se cierran todas las puertas al financiamiento del Tesoro, incluso en situaciones de emergencia. Por el otro, se le otorgan al BCRA amplias facultades para comprometer el patrimonio nacional en el exterior, sin que medie un control efectivo del Congreso. En definitiva, el Artículo 13 no busca proteger las reservas, sino habilitar su uso como una herramienta financiera de alto riesgo, desprotegida y con escasa transparencia, que podría derivar en la pérdida de los ahorros del país. El proyecto es radicalmente asimétrico. • Hacia adentro (Estado y Tesoro): Puertas cerradas, candados, prohibiciones absolutas. El BCRA no puede financiar al Tesoro ni siquiera en emergencias. • Hacia afuera (Mercados y bancos internacionales): Puertas abiertas de par en par. El BCRA puede endeudarse, hacer negocios y comprometer las reservas sin límites claros. Esto demuestra que la “independencia” del poder político legítimo, se consigue a cambio de una dependencia del capital financiero internacional. Al separar al BCRA del Ministerio de Economía y del control del endeudamiento público, lo que se logra es que el Banco Central opere como un actor financiero privado más, tomando deuda externa con el patrimonio de todos los argentinos como garantía, pero sin la supervisión del Congreso. EL COSTO DE LA REFORMA EN LA ECONOMÍA REAL La reforma no es neutral en términos distributivos. Al reducir la política monetaria a un único objetivo -la estabilidad de precios- y al prohibir toda asistencia al Tesoro, lo que se está diciendo es que el costo del ajuste recaerá exclusivamente sobre los trabajadores, los jubilados y las pequeñas y medianas empresas. El dictamen de minoría lo documenta con crudeza: “La reducción de la inflación hasta niveles del 2% mensual se apoya en dos pilares que no son sostenibles en el tiempo (…) se asienta sobre el estancamiento de la actividad económica (…) Los salarios están estancados, el gasto público no puede expandirse porque la recaudación cae de manera sistemática y el crédito permanece frenado por tasas reales elevadas (…) desde que asumió Milei se asistió a la destrucción de 235.000 puestos de trabajo registrados en el sector privado”. La política monetaria contractiva no es gratuita. Tiene efectos sobre la distribución del ingreso y la propiedad. Negarlo no es “técnico”; es ideológico. Y es precisamente esa ideología la que este proyecto busca consagrar como ley. El proyecto contiene, una declaración de muerte de las PyMEs, ya que elimina todas las herramientas del BCRA para fomentar la producción real. Esto no es un efecto colateral, es el objetivo explícito del Mensaje del Poder Ejecutivo, que admite que la “banca de fomento” es ajena al Banco Central. • Convierte al BCRA en un autómata que solo mira el índice de precios. Si la inflación baja destruyendo puestos de trabajo, al BCRA no le importa porque su objetivo único es el precio. Esto legitima el ajuste recesivo. • Hoy el BCRA puede pedirle a los bancos que presten más a sectores productivos (industria, agro) que a sectores especulativos. Con esta reforma, el crédito fluirá solo hacia donde dé mayor ganancia financiera, no donde se necesite producir. • Y en el artículo 18°, liquida la economía real: elimina políticas diferenciadas para PyMEs y economías regionales. Las PyMEs y las economías del interior (que no pueden competir con los grandes grupos) pierden su trato preferencial. Quedan libradas a la usura de las tasas de interés altas que esta misma reforma fomenta. Elimina el fondeo para crédito productivo de mediano y largo plazo: La industria necesita crédito a 5 o 10 años para invertir en maquinaria. Este proyecto elimina esa herramienta, condenando al país a solo producir materias primas a corto plazo. Elimina cobertura territorial y acceso universal: Los bancos solo van a donde es rentable (Capital Federal y grandes ciudades). El país profundo, donde los costos operativos son altos, queda desatendido bancariamente. Es un abandono explícito del federalismo financiero.

CONCLUSIÓN

Lo que mostramos son, a nuestro juicio, las cuatro principales patas de la reforma: la falacia del objetivo único; la falsa independencia; la doble moral de la reforma; y el costo en la economía real. Aprobar esta reforma sería un error de magnitud histórica. No solo porque consagra un modelo monetarista que ya ha demostrado sus límites en la experiencia argentina, sino porque desarma al Estado de las herramientas necesarias para enfrentar crisis y promover el desarrollo. La independencia del BCRA (siempre relativa) y su eficiencia, no se logra resignando soberanía, no se logra blindando a sus autoridades ni reduciendo su mandato a un objetivo único y mecánico. Se logra con herramienta de control democrático, transparencia y rendición de cuentas. La estabilidad financiera no se construye negando la realidad de una economía bimonetaria, sino reconociéndola y dotando al Banco Central de las herramientas para gestionarla y alinearlas a las políticas socioeconómicas del país. Como sostiene el dictamen de minoría, la reforma “no resuelve los problemas económicos que dice combatir, sino que, por el contrario, tiende a agravarlos”. Y lo hace en un contexto en el que las principales economías del mundo avanzan en sentido contrario: reforzando sus herramientas estatales para enfrentar la fragmentación económica global. Los argentinos ya hemos vivido las consecuencias de las recetas de los años 90: desempleo, precarización, desindustrialización, crisis monetaria. Volver a ese modelo, en una versión agravada, no es un avance. Es un retroceso que pagarán los mismos de siempre: el Pueblo argentino. Desarmar la defensa del mercado interno (PyMEs, regiones, crédito productivo) y poner la riqueza nacional (reservas) al servicio de los bancos internacionales, mientras se atan las manos del Estado para reaccionar ante cualquier crisis, no parece ser una buena receta. Es una reforma que convierte al Banco Central en un cobrador de impuesto inflacionario para ajustar la economía, pero al mismo tiempo lo obliga a poner las reservas y los bienes comunes como colateral de todos los argentinos en la mesa de juego de los mercados globales. Si el experimento sale mal (como sucedió en 2001 cuando se hipotecaron las reservas con el blindaje), el país pierde el oro, se queda sin crédito, sin producción y con más desempleo, precarización del trabajo y pobreza. Es la receta perfecta para la dependencia absoluta.

Instituto Cecilia Grierson San Fernando del Valle de Catamarca, 25 de agosto de 2026. A 205 años de la Declaración de la Autonomía de Catamarca El Instituto Cecilia Grierson forma parte de la Asociación La Carrillo de Catamarca. Se orienta a la Investigación Acción Participativa en problemáticas vinculadas con la salud integral.

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